Todas las pequeñas empresas tienen contratada a una asesoría para que les gestione los trámites. En ocasiones, les surge un problema extraordinario y la asesoría no puede resolverlo. La empresa se ve obligada a buscar a otro profesional externo. Para el empresario es decepcionante. Después de pagar una cuota cada mes, ve que su equipo de asesores no le puede ayudar. ¿Qué áreas debería cubrir una asesoría para que no suceda esto?
Los gestores de Coma & Roig, una asesoría para empresas y particulares ubicada en el centro de Barcelona, con más de 36 años de experiencia, opinan que el asesoramiento a las empresas debe ser un servicio integral. Debe cubrir todas las facetas económicas y legales que conciernen a la empresa. No solo los trámites más habituales.
La realidad de las empresas es compleja. Tiene una serie de deberes y responsabilidades económicas y legales con la administración, los clientes y los proveedores que va más allá de la actividad habitual de un ciudadano de a pie.
El empresario debe centrarse en lo que conoce, en la actividad económica que le rinde resultados: producir bienes, prestar servicios y venderlos. Meterse en procesos burocráticos e intentar resolver farragosos conflictos legales, que con frecuencia no conoce, le ocupa un tiempo y una energía que no puede dedicar a producir.
Estas son las áreas que debe cubrir el asesoramiento de una empresa:
Fiscal.
La primera razón que lleva a una empresa a contratar a una asesoría es para que le lleve el pago de impuestos. El impuesto de sociedades, que es el que pagan las empresas, es más complejo que el I.R.P.F. de los autónomos.
A partir de un determinado volumen de ingresos, el impuesto de sociedades sale más económico que el I.R.P.F., que es un impuesto progresivo. Así, por ejemplo, con unos beneficios netos de la compañía de entre 20.201 € anuales y 35.200, el autónomo paga a hacienda el 30%. Si se sitúa en una horquilla de 35.201 y 60.000, paga un 37%. A partir de 60.000, el tipo impositivo es del 40%. El impuesto de sociedades, por otro lado, tiene un tipo impositivo fijo del 25%. Esta razón es la que lleva a muchos autónomos a convertirse en S.L.
Tanto una pequeña empresa como un autónomo pagan dos impuestos principales a Hacienda. La gestión del I.V.A., que es un impuesto indirecto en el que el empresario interviene como retenedor, y el I.R.P.F. o el Impuesto de Sociedades, un impuesto directo que tiene que ver con su contribución en el sostenimiento del Estado. Cada trimestre se paga un adelanto y una vez al año se efectúa la regularización de todo el ejercicio.
Todo esto implica una justificación de la actividad económica de la empresa, mediante el relleno de formularios y la presentación de facturas y documentos, que si no llega a ser por la intervención del gestor, puede resultar demasiado tedioso para el empresario.
A todo esto hay que añadir una serie de impuestos municipales o relacionados con la actividad de la empresa que, en ocasiones, ni tan siquiera el empresario sabía que existían.
Contable.
En principio, cualquier empresa debería llevar un plan de contabilidad que registrara su actividad económica. Es una herramienta útil para dirigir la empresa y también para que el Estado conozca en profundidad su funcionamiento.
Existe un Plan General de Contabilidad (P.G.C.) específico para PYMES. Están obligados a aplicarlo todas aquellas pequeñas empresas que cumplan dos de estos tres requisitos durante 2 años seguidos. Los requisitos son:
- Un total de activos que no sea superior a los 4 millones de euros.
- Un volumen de negocio que no supere los 8 millones de euros anuales.
- Tener una plantilla inferior a los 50 trabajadores.
Quedan excluidas de presentarlo aquellas empresas que operen con una moneda diferente al euro, que tengan valores negociables en otro país de la Unión Europea, que sean empresas financieras, ya que tendrían que acogerse a un plan de contabilidad diferente y que la empresa no forme parte de un grupo de empresas. En cuyo caso, se presenta la contabilidad del grupo, no de las empresas por separado.
El portal de información Infoautónomos señala que el P.G.C. para PYMES es una versión abreviada del Plan de Contabilidad General, aplicable a empresas de mayor tamaño.
Mercantil.
El asesoramiento mercantil hace referencia a la constitución de sociedades y al funcionamiento societario de las mismas. Aparte de la Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L.) y la Sociedad Anónima (S.A.) existen otros tipos de sociedades empresariales: Sociedad en Comandita, Comunidad de Bienes, Cooperativa, etc. Y diferentes variantes. Las empresas adoptan la forma jurídica que mejor se adapta a su situación económica y financiera, y la que más beneficios le reporta.
Una empresa es un ente vivo. Por lo que no es extraño que a lo largo de su vida cambie de forma jurídica en una o varias ocasiones.
El asesoramiento mercantil también hace referencia a la representación de la empresa ante entidades bancarias, aseguradoras, inversionistas, proveedores, etc. Así como la intervención en proceso de compra-venta de bienes, arrendamientos, reclamación de facturas impagadas, etc.
El asesoramiento mercantil requiere en muchas ocasiones la intervención de un abogado. Sobre todo si hay procedimiento judiciales abiertos. Un economista con conocimientos en el área mercantil puede orientar al empresario, pero no puede representarlo en un juicio civil
Laboral.
El ámbito laboral es una de las principales fuentes de conflicto que hay en las empresas. El asesoramiento laboral no se puede reducir a la redacción y tramitación de contratos de trabajo, al pago de las cotizaciones a la Seguridad Social y a la elaboración de nóminas. Digamos que este es el trabajo rutinario. Un buen asesoramiento laboral es más complejo.
El absentismo, las horas extra, la gestión de permisos, las bajas por enfermedad, la seguridad e higiene en el trabajo. Estas son situaciones habituales que se dan en el seno de una empresa.
La falta de trabajo en equipo, la mala comunicación entre la dirección y los trabajadores, el exceso de trabajo, la no delimitación clara de las funciones y objetivos de un puesto de trabajo, etc. son cuestiones que pueden dar lugar a roces, que si no se resuelven se van agrandando. Algo que repercute negativamente en la productividad de la empresa.
Aunque un asesor laboral defiende los intereses del empresario, que es el que le está pagando, debe tener un perfil negociador. Su labor debe ser la de mediar entre la empresa y el trabajador para resolver el problema y que las aguas vuelvan a su cauce. El principal activo de cualquier empresa es su plantilla de trabajadores.
Seguros.
Este es un tema que también afecta a las empresas. Ante la pregunta: ¿Las Pymes tienen seguros obligatorios? El rotativo de economía Cinco Días afirma que sí. Algunas ramas de la producción están obligadas a suscribir ciertos seguros para realizar su actividad. Por ejemplo, una empresa de transporte de mercancías debe contraer un seguro que proteja la carga que transporta, una empresa de transporte de pasajeros debe suscribir el S.O.V.I. (seguro obligatorio de viajeros) o una empresa de construcción debe tener el Seguro Decenal, que cubre los elementos estructurales del edificio.
Aparte de eso, toda empresa debe tener asegurados su flota de vehículos, disponer de un seguro de responsabilidad civil y adherirse a una mutua de accidentes de trabajo.
El aseguramiento de vehículos es igual que el que realizaría cualquier ciudadano con su coche particular. Un vehículo sin seguro y sin el pago al corriente no puede circular.
El seguro de responsabilidad civil cubre los daños y perjuicios que la actividad de la empresa puede generar a terceros. En algunos sectores como el transporte de mercancías, la construcción y algunas ramas de la industria es obligatorio. Pero en cualquier caso, siempre es conveniente tenerlo. Ajustado, eso sí, a las particularidades de la actividad de la empresa.
Por último, el seguro de accidentes de trabajo y enfermedad profesional es crucial para cualquier empresa con empleados. Este seguro responde del pago de indemnizaciones en caso de que el trabajador sufra un accidente de trabajo o solicite la invalidez. De no tener este seguro, sería la empresa la que correría íntegramente con los gastos.
Es interesante que el tema de los seguros también lo lleve la asesoría que trabaja con la empresa. Es quien mejor conoce su situación concreta y quien le puede sugerir aquellas pólizas que mejor se adapten a sus necesidades.
Aunque no hemos hablado explícitamente de ello, es bueno que el equipo de la asesoría cuente con, al menos, un abogado. Muchas asesorías están gestionadas por graduados sociales o licenciados en económicas. Estos profesionales no están facultados para representar a la empresa en la mayoría de litigios legales.
Contar con el asesoramiento de un abogado resulta, además, útil en la elaboración de contratos con proveedores y clientes. Por otro lado, nuevos ámbitos que se abren en la actividad económica, como el comercio internacional o el trabajo por internet, requiere de profesionales que conozcan bien el marco legal en el que se desarrollan.